Reglamento del estatuto: repaso de puntos de interés
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- Última actualización el 30 Octubre 2016
El reglamento del estatuto del Club Atlético Talleres fue aprobado por la Asamblea de asociados. Repasamos los puntos mas salientes de la nueva normativa, entre ellos la prohibición que el club adopte la forma de una sociedad anónima.
La reglamentación del estatuto está prevista en el artículo 67 del mismo y por lo tanto, la Asamblea puede reglamentar e interpretar los artículos del estatuto o establecer una normativa al respecto, sin contrariar el espíritu del estatuto.
Repasamos los puntos destacados:
DENOMINACIÓN: se establece que la denominación del club es “CLUB ATLÉTICO TALLERES” sin ningún tipo de agregados, y que el domicilio del club es Timote 3401. Se establece que el CLUB ATLÉTICO TALLERES es una asociación o sociedad civil y no podrá adoptar otra forma jurídica, y mas expresamente se prohíbe la adopción de la forma de sociedad anónima, sociedad anónima deportiva u otra similar, aunque lo permitan las leyes o la AFA.
SOCIOS:
SUBCATEGORIAS: La comisión Directiva, (en caso que las circunstancias lo ameriten, con resolución fundamentada y aprobada por el 75% de sus miembros titulares) podrá establecer dentro de cada categoría para las clasificaciones de Activos, Cadetes e Infantiles, sub Categorías con limitaciones específicas y perfectamente aclaradas en cuanto al derecho de uso de las dependencias sociales.
VITALICIOS: el padrón actualizado de Socios Vitalicios estará ordenado por números correlativos que se iniciarán con el número 1 (uno), adjudicando los números por orden de antigüedad en la obtención de la calidad de vitalicio. Los socios vitalicios que optaran por seguir abonando las cuotas sociales mantendrán su carnet de activo y su número de socio activo además del carnet especifico. Los socios Vitalicios que no continúen pagando la cuota social perderán su número de socio activo el que deberá ser dado de baja en el padrón respectivo.
PAGO DE CUOTA SOCIAL: Se entenderá no cumplida la obligación de pago de cuota social, si su ingreso no se produjera antes del vigésimo día del mes en curso al correspondiente a la cuota impaga. Los socios que adeuden dos cuotas alternadas o consecutivas quedarán suspendidos de hecho hasta tanto cancelen las cuotas adeudadas. Al llegar a la quinta cuota impaga serán dados de baja como socios de la Institución y se registrará en el padrón de bajas.
PRESUPUESTO GENERAL: el presupuesto general de gastos y recursos del ejercicio se elevará a aprobación de Asamblea General Ordinaria conjuntamente con los Estados Contables del ejercicio pasado. El presupuesto para el ejercicio siguiente al que se tratare en asamblea General Ordinaria deberá incluir la totalidad de los gastos y recursos de la totalidad de las actividades del club. La Comisión Directiva podrá aprobar gastos de acuerdo a dicho presupuesto con hasta un desvío de un 10% en más, superado dicho porcentual deberá replantear el presupuesto en forma inmediata y presentarlo en Asamblea General Extraordinaria llamada a tal efecto.
RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LOS DIRIGENTES: los miembros de la Comisión Directiva serán solidariamente responsables por los perjuicios económicos que su accionar pudiere haber ocasionado a la Institución, sobre la deuda que eventualmente pueda generarse en el Club al término del mandato, por haberse excedido de ese presupuesto, y comprobarse que existió dolo o culpa al contraer esa deuda.
LLAMADO A ASAMBLEA: la convocatoria a Asamblea General Ordinaria podrá ser comunicada a los asociados dentro del periodo de tres meses posteriores al 31 de Octubre de Cada Año, y llevarse a cabo la mencionada asamblea dentro del término de 45 días posteriores a la última publicación y/o notificación efectuada en cumplimiento del Estatuto.
DISTINTIVO: los colores establecidos por el Art. 68 del Estatuto Social serán los representativos del club y su uso será obligatorio para todos los deportistas que lo representen. Las franjas rojas y blancas verticales serán de igual ancho y se compondrá de cinco rayas rojas y cuatro blancas alternadas. Solo podrá dejarse sin efecto el presente si el reglamento de alguna federación impide vestimenta a rayas y solo acepta colores lisos. En su caso deberá utilizarse vestimenta roja , blanca o azul. En el caso del futbol profesional la camiseta alternativa tendrá como base el color azul o el negro y la segunda camiseta alternativa como base el color blanco o rojo.
LIQUIDACIÓN DE BIENES DEL CLUB: Teniendo en cuenta que las salas de primeros auxilios y hospitales zonales no tienen personería jurídica y para no contradecir el espíritu del estatuto, la asamblea de asociados decide que si se produjeran los hechos determinados en el Art. 71 del Estatuto Social (disolución de la institución), los fondos sobrantes serán entregados al Hospital Arturo Melo, sito en Villa de Luján 3050 de Remedios de Escalada.
ELECCIÓN DE AUTORIDADES: se establece que los votos serán por candidato y no por lista completa conforme los cargos a cubrir. Al efecto a cada lista oficializada se le asignará un número por orden de oficialización y cada candidato deberá tener una letra de orden iniciando con la letra A y continuando por orden alfabético. Los votos que se emitan referirán al Nº de lista y orden de cada candidato.
Informe y fotografía: Ariel Cappelletti / Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.